440
Para que alguien tenga voz activa, y dejando a salvo las condiciones establecidas por el derecho común, se requiere que sea profeso solemne.
Para que alguien tenga voz activa, y dejando a salvo las condiciones establecidas por el derecho común, se requiere que sea profeso solemne.
En toda elección solamente pueden votar quienes gozan de voz activa en la Orden y pertenecen al capítulo electivo.
El oficio del Procurador General es tratar los asuntos ante la Santa Sede, conforme a las facultades que le concediere el Maestro de la Orden.
Los demás oficiales de la curia generalicia son: el procurador general, el postulador general de las causas de beatificación y canonización, el secretario general de la Orden, el síndico de la Orden, el archivero, y los promotores generales. Puede haber también, para el Maestro de la Orden y la curia, algunos peritos y colaboradores.
De estos oficiales y peritos, algunos pueden ser elegidos también entre los socios del Maestro de la Orden.
Los dos definidores del Capítulo Generalísimo:
Constituyen el Capítulo Generalísimo (cf. n. 276 § II) el Maestro de la Orden, los ex Maestros de la Orden, los Priores Provinciales y dos definidores por cada Provincia elegidos por el Capítulo Provincial.
El Maestro de la Orden no puede cambiar las actas y los decretos capitulares, pero puede, por sí mismo, dispensar de ellas y declararlas.