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Las oraciones a decir en la mesa sean determinadas por el Capítulo Provincial o el Provincial con el consentimiento de su consejo.
Las oraciones a decir en la mesa sean determinadas por el Capítulo Provincial o el Provincial con el consentimiento de su consejo.
Los frailes, en el convento, lleven puesto el hábito de la Orden como signo de nuestra consagración, a no ser que por justo causa el Prior Provincial determine otra cosa. Fuera del convento, y respetando las leyes eclesiásticas, obsérvese lo dispuesto por el Prior Provincial.
Las determinaciones sobre el silencio, lo mismo en cuanto al tiempo que en cuanto al lugar, deben ser hechas por el Capítulo Provincial y conventual, según la tradición de la Orden.
Si algún fraile permanece ilegítimamente por más de un año fuera de su convento, el Prior Provincial con su consejo discernirá acerca de la oportunidad de proceder según el CIC 696, 697 y 699.
Para un viaje largo o una ausencia prolongada, el fraile necesita permiso de su superior competente según las determinaciones del Estatuto de Provincia.
Para las salidas todos nuestros frailes necesitan permiso del superior, que puede ser general para un propósito determinado.