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113

  1. El cuidado de las misiones corresponde a toda la Orden y, por lo mismo, cada uno de los frailes ayude, en la manera que pueda, a las misiones. Incumbe al Maestro de la Orden prestar su ayuda en colaboración con las Provincias interesadas, de modo que frailes de una o varias Provincias sean enviados al servicio de las iglesias locales.
  2. Nuestra actividad misional se rige:
    1. por el derecho común y por los decretos especiales de la Santa Sede;
    2. por las constituciones, y por los estatutos particulares elaborados por las Provincias.
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

112

Los superiores deben preocuparse más de erigir conventos en misiones que de mantener territorios, a fin de que los frailes puedan dedicarse con máxima libertad al ministerio de la palabra, según el carisma propio de la Orden.

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

111

Muéstrense los frailes siempre dispuestos a coloquios y a todas las oportunidades de verdadero diálogo, sea iniciándolos sea continuándolos, con los miembros de otras religiones y con los no creyentes. Tengan presente, sin embargo, que es absolutamente necesaria una preparación especial sobre los problemas que de ello se originan.

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

110

Dentro de los cambios que afectan a la misma vida cristiana, sobre todo por el progreso de las ciencias, de las artes o de la cultura, esfuércense sumamente los frailes en discernir los valores que indiquen un camino para un sentido más vivo de Dios, y trabajar por resolver los problemas planteados a los hombres por esta misma evolución, a fin de que la predicación del Evangelio suscite una adhesión a la fe más pura y madura.

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

109

  1. Los frailes han de prestar gran atención a los problemas religiosos y humanos de los pobres y de los obreros, y especialmente de aquellos que se encuentran alejados de la fe.
  2. Las Provincias busquen y establezcan aquellas formas de vida y de predicación mediante las cuales el apostolado entre ellos responda mejor a las necesidades objetivas.
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

107

  1. La Provincia o el Vicariato hagan una planificación de todo su apostolado y con vistas a él preparen a los frailes y coordine las fuerzas teniendo en cuenta la unidad, el vigor y la continuidad del apostolado. Esta planificación debe tener en consideración las necesidades actuales de la Iglesia y de la misma Provincia o Vicariato y también la futura evolución de los problemas.
  2. Para que se mantenga la cultura de la movilidad y la vitalidad de los ministerios de la provincia, el prior provincial, con su consejo, deberá preparar un plan de sucesión en los apostolados de la provincia, el cual está obligado a revisar cada cuatro años.1 
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

104

Para difundir la verdad y formar correctamente la opinión pública, los frailes dotados de una especial aptitud y preparación utilicen con diligencia los diversos medios de comunicación social.

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

103

  1. Háganse presentes los frailes en las universidades, institutos y centros científicos, lo mismo que en las escuelas de diverso género y grado, propias o extrañas, sobre todo en calidad de profesores y asistentes religiosos.
  2. § II.– Los frailes bien preparados esfuércense en cooperar con los peritos en las diversas ciencias, bien participando en sus investigaciones, bien estudiando la manera de comunicarles la verdad del Evangelio, de tal modo que el desarrollo de la cultura conduzca a un conocimiento más claro de la vocación humana y estimule las mentes a una comprensión más elevada de la fe.
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

101

  1. Los frailes, dondequiera que ejerzan el ministerio, colaboren con los obispos en la planificación del apostolado sea diocesano sea nacional.
  2. Se recomienda encarecidamente la colaboración con otros presbíteros y religiosos, sobre todo en aquellas cosas que son más afines con nuestro carisma, de manera que el oficio de nuestro apostolado y el de los demás se complete mutuamente en el servicio común de la Iglesia.
  3. Estando los laicos dedicados al apostolado por razón del bautismo y de la confirmación, en unión con ellos debemos buscar el que la Iglesia esté presente y permanezca como sacramento de salvación en todos los campos de la sociedad.
  4. Finalmente, los frailes viendo en todos los hombres de buena voluntad la imagen de Dios creador y la esperanza de salvación, no duden en colaborar con ellos, aunque aún no puedan anunciarles el Evangelio.

    Presten atención a las virtudes humanas y al modo de discutir y dialogar, exigidas de manera especial para con los hombres que tienen otras convicciones.

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

95

El examen de lectorado hágase según el modo y condiciones determinados en las Rationes Studiorum Generalis y Particularis.

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:
  • 1

    c.f. ACG 2019 Bien Hoa 113, ACG 2022 Tultenango 371.