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  1. El cuidado de las misiones corresponde a toda la Orden y, por lo mismo, cada uno de los frailes ayude, en la manera que pueda, a las misiones. Incumbe al Maestro de la Orden prestar su ayuda en colaboración con las Provincias interesadas, de modo que frailes de una o varias Provincias sean enviados al servicio de las iglesias locales.
  2. Nuestra actividad misional se rige:
    1. por el derecho común y por los decretos especiales de la Santa Sede;
    2. por las constituciones, y por los estatutos particulares elaborados por las Provincias.