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El oficio del Procurador General es tratar los asuntos ante la Santa Sede, conforme a las facultades que le concediere el Maestro de la Orden.
El oficio del Procurador General es tratar los asuntos ante la Santa Sede, conforme a las facultades que le concediere el Maestro de la Orden.
Los demás oficiales de la curia generalicia son: el procurador general, el postulador general de las causas de beatificación y canonización, el secretario general de la Orden, el síndico de la Orden, el archivero, y los promotores generales. Puede haber también, para el Maestro de la Orden y la curia, algunos peritos y colaboradores.
De estos oficiales y peritos, algunos pueden ser elegidos también entre los socios del Maestro de la Orden.
Los dos definidores del Capítulo Generalísimo:
Constituyen el Capítulo Generalísimo (cf. n. 276 § II) el Maestro de la Orden, los ex Maestros de la Orden, los Priores Provinciales y dos definidores por cada Provincia elegidos por el Capítulo Provincial.
El Maestro de la Orden no puede cambiar las actas y los decretos capitulares, pero puede, por sí mismo, dispensar de ellas y declararlas.
El orden de los Capítulos es éste: Capítulo electivo, Capítulo de Definidores, Capítulo de Priores Provinciales, y así sucesivamente.
La nueva serie de Capítulos, según el orden antes mencionado, comienza con el Capítulo electivo, aunque haya que hacer elección de Maestro antes de terminar los nueve años.