El Postulador General de las causas de beatificación y canonización:
desempeña su oficio conforme a las normas establecidas por la Santa Sede y el estatuto aprobado por el Maestro de la Orden;
al menos una vez cada año rinda cuentas por escrito al Maestro de la Orden del estado económico, en el que se describa el dinero recibido, los gastos, y la compensación de créditos y débitos;
enviará a cada Capítulo General una relación sobre el estado en que se encuentra cada una de las causas.