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El Postulador General de las causas de beatificación y canonización:

  1. desempeña su oficio conforme a las normas establecidas por la Santa Sede y el estatuto aprobado por el Maestro de la Orden;
  2. al menos una vez cada año rinda cuentas por escrito al Maestro de la Orden del estado económico, en el que se describa el dinero recibido, los gastos, y la compensación de créditos y débitos;
  3. enviará a cada Capítulo General una relación sobre el estado en que se encuentra cada una de las causas.