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- En la curia generalicia, inmediatamente después del Maestro de la Orden, se sitúan:
- los socios del Maestro de la Orden, y entre sí según el orden de profesión;
- el Procurador general de la Orden;
- los demás frailes pertenecientes a la curia, y entre sí según el orden de profesión.
- Sin embargo, en los Capítulos generales los socios se colocan, según su orden, inmediatamente después de los Priores Provinciales.
- No se asigne ningún fraile a la curia generalicia, además de los que pertenecen a ella según las constituciones.