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- Convóquese siempre al síndico de Provincia a participar en las deliberaciones del consejo, pero carece de voto, a no ser que sea ya miembro del consejo.
- Estén siempre presentes en el Consejo de Provincia, para ser oídos, los maestros de novicios, estudiantes y frailes cooperadores, los directores de escuelas y colegios y los demás oficiales de Provincia, cuando se trate de asuntos pertenecientes a su oficio.
- Esté también presente el superior cuando se trata de cosas de mayor importancia que afectan a su comunidad.