- Estén presentes algunos de los socios del Maestro de la Orden designados por el mismo y el síndico de la Orden, quienes tienen derecho a hablar, pero carecen de voto.
- Pueden ser convocados y oídos, aunque carecen de voto, los enviados de cada uno de los conventos sujetos permanentemente a la inmediata jurisdicción del Maestro de la Orden, así como algunos peritos designados por el mismo Maestro.