Pertenecen al consejo:
- el subprior;
- dos frailes vocales por lo menos, y nunca más de ocho, elegidos para un trienio por el Capítulo conventual y aprobados por el Prior Provincial. El número de los que deben ser elegidos los determinará el mismo Capítulo;
- además, en los conventos de formación, el maestro de novicios, de frailes estudiantes y de frailes cooperadores y también el moderador del centro de estudios institucionales.