Cada mes el síndico del convento rinda cuentas al Consejo de todo lo recibido y gastado, de las deudas y de los créditos.
Cada año el Superior de la casa, el Prior conventual, y el Vicario Provincial envíen al Prior Provincial una cuenta detallada y completa hecha por el síndico, en la cual se incluirá también el presupuesto para el año siguiente, oído el Capítulo, si así lo determinare el Capítulo Provincial, y aprobada por el Consejo del convento o del Vicariato. De la misma se guardarán ejemplares en el registro del síndico respectivo.