Pasar al contenido principal

97

  1. Para que alguien pueda ser promovido al magisterio en sagrada teología se requiere:
    1. que sea recomendable por su vida y prudencia;
    2. que, una vez acabados los estudios complementarios, se haya entregado totalmente al trabajo intelectual durante diez años por lo menos;
    3. que sea propuesto por la comisión de vida intelectual de la Provincia de afiliación o de asignación del fraile al Capítulo Provincial y obtenga el voto favorable de dos terceras partes de los vocales del Capítulo, o por el Maestro de la Orden, cuando se trate de algún fraile que viva en conventos o institutos sometidos a la inmediata jurisdicción del mismo;
    4. que una comisión de al menos tres peritos en la especialización científica del candidato, elegidos por el Maestro de la Orden, emita un juicio favorable sobre el valor de su trabajo y sobre la capacidad de proseguir en el mismo;
    5. que sea promovido por el Capítulo General o por el Maestro de la Orden con su consejo;
    6. que el maestro recientemente promovido dé una lección pública.
  2. Nadie puede ser promovido al magisterio en sagrada teología si no es del modo antes mencionado.