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- Si el estatuto del Vicariato determinara que el vicario ha sido designado sea designado por elección, el Presidente de la elección es aquel fraile que actualmente rige el Vicariato según la norma de 385, § II, 2, o, si está fuera del cargo, el mayor en la Orden entre los superiores de esa región del estatuto del Vicariato, o bien otro fraile eventualmente instituido por el Prior Provincial
- A él le compete, oído el consejo del regional Vicariato, determinar y notificar a todos los vocales el tiempo de la elección dentro del mes en que se conoció la vacante del oficio.