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Elección del Maestro de la Orden

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Capítulo XXII
constitutio
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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El Maestro de la Orden es elegido siempre en Capítulo General convocado especialmente para esto, conforme a lo establecido en n. 413.

constitutio
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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Para que alguien pueda ser elegido Maestro de la Orden, se requiere que haya cumplido no menos de treinta y cinco años de edad, y diez desde su primera profesión, y que tenga además las condiciones establecidas en los nn. 443 y 459 § I.

constitutio
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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Procédase a la elección del Maestro de la Orden al quinto día de haberse inaugurado el Capítulo (cf. n. 417 § II, 5º), aunque no hayan llegado todos los electores.

ordenación
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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El día anterior a la elección, los electores convocados por el presidente, pueden tener entre sí un tractatus sobre el Maestro que ha de ser elegido.

ordenación
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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El día de la elección, o el día anterior, en todos los conventos de la Orden celébrese Misa del Espíritu Santo.

ordenación
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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  1. Preside la elección el vicario de la Orden, o  sea, bien el ex Maestro de la Orden que terminó su oficio, o el que según nuestras leyes es vicario (cf. n. 417).
  2. El actuario para la elección será el primer actuario del Capítulo.
  3. Los escrutadores sean designados conforme al n. 448 § IV.
ordenación
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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 Para la elección misma se procederá según lo establecido en el n. 452, pero con estas excepciones:

  1. se han de repetir los escrutinios hasta que sea elegido algún fraile por mayoría absoluta de votos;
  2. los electores no podrán salir de la sala capitular antes de que sea elegido el nuevo Maestro, exceptuados los escrutadores que tengan que salir para recibir el voto de los enfermos, si los hubiere;
  3. no se haga documento auténtico, sino que anótese la fiel relación de toda la elección con los diversos escrutinios en en el proceso verbal del Capítulo.
constitutio
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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La elección del Maestro de la Orden no necesita confirmación.

ordenación
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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  1. La elección debe intimarse al momento al elegido, el cual, si estuviera ausente, encamínese cuanto antes al Capítulo.
  2. El elegido, a no ser que tenga graves razones, está obligado a aceptar la elección que ha recaído en él. Y si no la acepta, y los capitulares admiten la renuncia, deben proceder cuanto antes a una nueva elección.
ordenación
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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Hecha la elección y aceptada, sean convocados todos los frailes presentes en el convento, y hágase público el nombre del elegido.

ordenación
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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 El Maestro, si está presente, o tan pronto como llegue, emita la profesión de fe en presencia del Capítulo, antes de lo cual no haga ningún acto como Maestro de la Orden.