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Preside la elección el subprior in capite o, si falta él, uno de los vocales elegido en único escrutinio por los mismos vocales del grupo de electores, a no ser que el Prior Provincial quisiera presidir por sí mismo o por otro.
Preside la elección el subprior in capite o, si falta él, uno de los vocales elegido en único escrutinio por los mismos vocales del grupo de electores, a no ser que el Prior Provincial quisiera presidir por sí mismo o por otro.
Pero si el subprior in capite o el presidente, después de cuatro días de tener noticias de que estaba vacante el priorato, y requerido por la mayoría de los vocales (cf. n. 461 § I), no quiere convocar a estos, puede hacerlo el que sea mayor en la Orden entre los vocales. Y si él no quiere, el siguiente mayor, y así sucesivamente.
Las letras de confirmación serán enviadas no al elegido o postulado sino a su superior o a otro fraile que se las entregue.
En el mismo acto de elección de superiores procédase así:
En la elección de los superiores, el mismo día de la elección o la víspera, se celebra la Misa del Espíritu Santo según las rúbricas.