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73

En la muerte de cualquier fraile: 

  1. El convento donde muere y el convento al que estaba asignado celebren por él el oficio y la Misa de difuntos.
  2. En toda la Provincia a la que estaba afiliado:
    1. cada presbítero y cada convento celebre una misa;
    2. cada fraile no presbítero participe en una Misa.
      Hágase lo mismo en el convento de asignación si el fraile estuviera asignado a un convento no perteneciente a la Provincia de afiliación.
  3. En toda la Orden:
    1. en la muerte del Maestro de la Orden cada presbítero celebre una Misa, cada fraile no sacerdote participe en una misa;
    2. en la muerte del Maestro y del ex-Maestro de la Orden cada convento celebre la Misa de difuntos.
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

72

Los frailes reciten en común, al menos una vez al día, el salmo «De profundis» por los hermanos y bienhechores difuntos. 

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

71

  1. Celébrese por esos mismos difuntos la Misa conventual, una vez por semana, en cada convento propiamente dicho, en la que se dirá la oración de los fieles con intenciones por los difuntos. Donde no pueda haber Misa conventual (cf. n. 61 § II), aplíquese por ellos una Misa.
  2. Se exceptúan la Semana Santa, la de Pascua y aquella en la que cae la Navidad del Señor. E igualmente se exceptúan en las que por aniversario (70 § II) u óbito de un fraile (73) o del Sumo Pontífice (74) se ha celebrado ya Misa de difuntos.
  3. Recen todos los frailes por los mismos difuntos una tercera parte cinco decenas del rosario, una vez por semana.
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

69

 Las oraciones a decir en la mesa sean determinadas por el Capítulo Provincial o el Provincial con el consentimiento de su consejo.

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

55

  1. La magnitud de la transgresión se debe sopesar principalmente por el perjuicio ocasionado al bien común, y no por el pecado que tal vez lleve anejo.*
  2. Las principales penitencias son: cumplir algunas prácticas espirituales, sufrir algunas mortificaciones o privaciones, prestar alguna ayuda de utilidad común. 
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

53

  1. Corresponde a los Capítulos Provinciales y conventuales establecer nuevas formas de penitencia en armonía con las circunstancias de lugar y personas, tomadas del actual estilo de vida, sobre todo durante el Adviento y la Cuaresma.
  2. Los frailes individualmente añadirán también otras obras de mortificación para satisfacer más plenamente la función de la penitencia.
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

51

Los frailes, en el convento, lleven puesto el hábito de la Orden como signo de nuestra consagración, a no ser que por justo causa el Prior Provincial determine otra cosa. Fuera del convento, y respetando las leyes eclesiásticas, obsérvese lo dispuesto por el Prior Provincial.  

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

49

  1. La mesa de los frailes sea frugal, pero suficiente para sus necesidades.
  2. Todos los frailes que no se encuentren legítimamente impedidos coman en la mesa común.
  3. Más allá de las disposiciones de la autoridad eclesiástica competente, y teniendo en cuenta la tradición de la Orden, el Capítulo Provincial determine las formas y el tiempo del ayuno y de la abstinencia. El Capítulo conventual, por su parte, establezca las austeridades propias de la comunidad, sobre todo en el tiempo de cuaresma.
Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

48

Las determinaciones sobre el silencio, lo mismo en cuanto al tiempo que en cuanto al lugar, deben ser hechas por el Capítulo Provincial y conventual, según la tradición de la Orden. 

Ordenación
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación: