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  1. Los frailes, después del primer trienio de votos simples, bien sea que lo pidan ellos espontáneamente, bien sea que se lo proponga el superior, pueden renovar la profesión simple, pero no más de otro trienio, en cuyo caso deben renovar la profesión cada año. Sin embargo, el Capítulo Provincial puede determinar que, de manera ordinaria, la profesión simple se prorrogue después del primer trienio.
  2. Quienes, ligados por votos perpetuos, incluso solemnes, pasan de otro instituto religioso a nuestra Orden por concesión del Maestro de la Orden y del superior general propio, con el consentimiento de sus respectivos consejos, no pueden hacer la profesión solemne sino después de un trienio y terminado siempre el noviciado (cf. CIC 684 § 1-2).