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  1. Para fomentar la vida regular, una vez al mes por los menos, haya un coloquio en el cual, bajo la moderación del prior o de otro fraile designado por él, todos los frailes con sinceridad y caridad, puedan exponer lo que piensan sobre un tema previamente determinado y oportunamente anunciado sobre asuntos relacionados con los oficios y funciones de la comunidad.
  2. Algunas veces en el transcurso del año haya igualmente capítulo regular en el cual los frailes, a tenor de lo que haya dispuesto el Capítulo conventual, examinen su fidelidad respecto a la misión apostólica del convento y a la vida regular, y hagan alguna penitencia. En esta ocasión el superior puede hacer alguna exhortación sobre la vida espiritual y religiosa y las admoniciones y correcciones que considere oportunas.
  3. Los frailes en período de formación tengan también sus coloquios y capítulos bajo sus respectivos maestros. Pero, de acuerdo con la norma del n. 309 § II, pueden también participar, de una manera total o parcial, de las reuniones de toda la comunidad.