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Prioridad y planificación

Subtitle
Art. II
constitutio
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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  1. Los frailes deben ejercer la predicación bajo cualquier forma. En orden a determinar prioridades en el ministerio, deben dirigir su atención a aquellas necesidades de la Iglesia expresadas en sus propias declaraciones y en los signos de los tiempos, a las cuales están obligados a prestar ayuda por su vocación específica.
  2. Así pues, con preferencia a otras, elijan aquellas formas que más contribuyen a promover la fe, bien entre los no creyentes, bien en los espacios humanos que se mueven fuera de la fe, bien entre los creyentes para que su fe sea fortalecida y perfeccionada.
  3. Teniendo en cuenta esta norma, incumbe a la Provincia determinar, a tenor de las necesidades regionales y de las fuerzas de que disponga, los objetivos prioritarios del ministerio de los frailes y el hacer periódicamente una revisión crítica sobre las cargas que agravan el apostolado.
  4. Para alcanzar adecuadamente las prioridades del ministerio, compete al Maestro de la Orden con su consejo mantener la cooperación entre las Provincias, especialmente cuando las cuestiones a tratar tienen alcance internacional tanto en el orden religioso como en el social.
ordenación
  • Confirmed ACG 1968 River Forest n.
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La Provincia o el Vicariato hagan una planificación de todo su apostolado y con vistas a él preparen a los frailes y coordine las fuerzas teniendo en cuenta la unidad, el vigor y la continuidad del apostolado. Esta planificación debe tener en consideración las necesidades actuales de la Iglesia y de la misma Provincia o Vicariato y también la futura evolución de los problemas.