Pasar al contenido principal

31

  1. Escuchando con atención al Señor, que dice: «Anda, vende cuanto tienes, dalo a los pobres, y ven y sígueme», 1hemos decidido ser pobres tanto materialmente como de espíritu, de forma que mientras intentamos arrancar a los hombres del dominio que sobre ellos ejercen las riquezas, y encaminarlos hacia los bienes del cielo, venzamos también nosotros la codicia mediante nuestra configuración con Cristo que «se hizo pobre por nosotros, para que nosotros fuésemos ricos con su pobreza».2
  2. Ese espíritu de pobreza nos apremia a poner nuestro tesoro en la justicia del reino de Dios con una plena confianza en el Señor. La pobreza nos libera de la servidumbre: más aún, nos aparta de la preocupación por las cosas de este mundo, para que nos adhiramos más plenamente a Dios, nos dediquemos a Él más prontamente y hablemos de Él más audazmente. Mientras que respecto a nosotros exige una moderación que nos pone en más íntimo contacto con los pobres, a quienes debemos evangelizar; respecto de los frailes y demás prójimos es, a la vez, liberalidad, ya que, por el reino de Dios, y sobre todo por las necesidades del estudio y del ministerio de la salvación, empleamos con gusto nuestros recursos «para que en todas las cosas utilizadas por una necesidad transitoria se destaque la caridad, que permanece siempre».3
Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

30

Emulando a los apóstoles que anunciaban el reino de Dios sin oro, ni plata, ni dinero, santo Domingo y sus frailes, según las exigencias del apostolado de su tiempo, se propusieron no tener ni posesiones, ni rentas, ni dinero, y mientras predicaran la palabra evangélica, mendigar cada día el pan de la comunidad. Así fue la pobreza apostólica en los comienzos de la Orden, cuyo espíritu debe animarnos también a nosotros, según formas adaptadas a los diversos tiempos y regiones.

Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

29

Todos los frailes y, principalmente los superiores, movidos por la comunión fraterna, ayuden a los frailes que se encuentran con dificultades en materia de castidad, usando manifestaciones de máxima caridad, como son la sincera benevolencia, oraciones, advertencias y todos los demás remedios prudentes y eficaces. 

Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

28

  1. Nuestros frailes, a pesar de los obstáculos y dificultades que puedan surgir a lo largo de sus vidas, perseveren  fielmente y avancen incansablemente en la continencia. Procuren en todas las coyunturas de su vida una íntima comunicación con Dios mediante una unión de amistad con Cristo, y nútranla con la Sagrada Escritura y con el misterio de la Eucaristía. Robustézcanla también con un filial amor y devoción hacia la Santísima Virgen María, Madre de Dios.
  2. Movidos por el apremio cada día mayor de la caridad de Cristo, es decir, de la amistad divina universal, háganse todo para todos en el ministerio apostólico. Por otra parte, en la vida común de la familia religiosa y apostólica con la que de manera más estrecha se encuentran vinculados por la castidad, cultiven el amor fraterno y la amistad serena.
  3. Conscientes de su propia fragilidad, los frailes no presuman de sus propias fuerzas, sino que practiquen la mortificación y la guarda de los sentidos y afectos, sin temor o pusilanimidad y, tratando a todos con humanidad, desechen de sí, como por instinto espiritual, todo cuanto ponga en peligro su castidad.
  4. Utilicen también oportunamente los medios naturales que sean necesarios o convenientes para la salud del alma y del cuerpo.
Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

27

  1. Quienes aspiran a la profesión de castidad en la Orden conozcan debidamente la función y dignidad del matrimonio, que representa el amor entre Cristo y la Iglesia, y comprendan que por la gracia de Dios ellos mismos son llamados a una manifestación más elevada de ese mismo amor.
  2. Ya que la observancia de la continencia perfecta toca íntimamente a las inclinaciones más profundas de la naturaleza humana, y ya que también en nuestra Orden, es condición para desempeñar con fruto el ministerio apostólico, es necesario que nuestros frailes logren una progresiva madurez física, psíquica y moral.
  3. En el curso de la evolución necesaria para arraigar más profunda  y firmemente la castidad, ofrézcase a los frailes una formación positiva y los medios necesarios humanos y divinos, para que, superadas con éxito las dificultades y peligros, estén ellos en condiciones de llegar a una integración natural y sobrenatural de toda su vida afectiva.
Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

26

  1. Por consiguiente, debemos estimar la profesión de castidad como un don privilegiado de la gracia, por el cual nos unimos más fácilmente a Dios con un corazón indiviso, y nos consagramos a Él con mayor intimidad. Y, por otra parte, imitando la vida virginal de Cristo, que por amor a la Iglesia se entregó a sí mismo por ella, a impulsos de nuestra vocación apostólica, nos entregamos totalmente a la Iglesia, con un amor más pleno hacia los hombres; y sirviendo a la obra de regeneración eterna, nos hacemos más aptos los que en Cristo recibimos una más amplia paternidad.
  2. Por el ejercicio de la castidad, alcanzamos gradualmente y con mayor eficacia la purificación del corazón, la libertad del espíritu y el fervor de la caridad. Y por eso mismo alcanzamos un mayor dominio del alma y del cuerpo, y un mayor desarrollo de toda nuestra personalidad, que nos capacita para practicar un trato sereno y saludable con todos los hombres.
  3. Además, la vida de castidad profesada por los frailes es un servicio valioso, y un testimonio elocuente del reino de Dios ya presente, al mismo tiempo que es un signo especial del reino futuro celestial en el que Cristo presentará a la Iglesia como esposa engalanada para sí.
Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

25

Los frailes, en cuanto prometen castidad «por el reino de los cielos», sigan las huellas de santo Domingo que, quien por amor de Dios conservó sin mancha la virginidad durante toda su vida, y de tal modo ardía de amor y celo por las almas, que «acogía a todos los hombres en el amplio seno de su caridad, y, amando a todos, por todos era amado, entregándose a sí mismo de una manera total en el cuidado del prójimo y en la compasión de los desdichados».4

Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

21

Nuestra Orden entera, como todos los religiosos, está sujeta al Romano Pontífice como su Superior supremo a quien debemos obedecer en virtud del voto de obediencia (CIC 590).  

Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

20

  1. Por exigencia del bien común, que obliga a los frailes a obedecer, los superiores óiganlos con agrado, y, sobre todo, en las cosas de mayor importancia, pídanles consejo, quedando firme su autoridad para mandar lo que se ha de hacer. De esta forma toda la comunidad, como un solo cuerpo, puede dirigirse al fin común de la caridad.
  2. Dado que el Espíritu Santo guía a la Iglesia con talentos y carismas especiales, los superiores, en el ejercicio de su autoridad, presten diligente atención a los dones peculiares de los hermanos y justiprecien y ordenen lo que sea suscitado por el Espíritu Santo en la Orden para el bien de la Iglesia según los tiempos y necesidades. Así, tanto en el desempeño de los cargos como en la asunción de nuevas iniciativas, reconózcase a los frailes, dentro de los límites del bien común y de acuerdo con el talento de cada uno, una adecuada responsabilidad, y concédase libertad.
  3. El superior, buscando la voluntad de Dios y el bien de la comunidad, «no se considere feliz por la potestad que tiene de mandar, sino por el amor en el servir»,5 y promueva un servicio libre, no una sumisión servil.
  4. Por su parte, los frailes, respondiendo a sus superiores con espíritu de fe y de amor hacia la voluntad de Dios, y con voluntad de cooperación fraterna, esfuércense en sentir sinceramente con ellos, y cumplan activa y consideradamente lo que les manden. En el desempeño de sus oficios procuren tener una obediencia pronta y diligente, sin demora;
Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:

19

  1. Entre los votos de los consejos sobresale la obediencia, mediante la cual la persona se consagra totalmente a Dios y sus actos están más cerca del fin que en sí mismo tiene la profesión, que es la perfección de la caridad; por ella, finalmente, se recibe a la vez todo lo demás perteneciente a la vida apostólica.
  2. Por otra parte, puesto que por la obediencia estamos unidos a Cristo y a la Iglesia, todo trabajo y mortificación que soportamos en su cumplimiento son como una continuación de la propia ofrenda de Cristo y adquieren el carácter de sacrificio tanto para nosotros como para la Iglesia en cuya consumación se cumple la obra de toda la creación.
  3. La obediencia, mediante la cual «nos superamos a nosotros mismos en el corazón»6 es sumamente provechosa para conseguir aquella libertad que es propia de los hijos de Dios, y nos dispone para una entrega de nosotros mismos en la caridad.
Constitutio
In fieri:
No
Entró en vigor:
Primera promulgación:
  • 1

    Mt 19, 21.

  • 2

    2 Cor 8, 9.

  • 3

    Regla de san Agustín, n. 5

  • 4

    JORDÁN DE SAJONIA, Libellus, MOPH XVI, 76, n. 107.

  • 5

    Regla de san Agustín, n. 7.

  • 6

    S. GREGORIO, Moral, XXXV, PL 76 c. 765, en s. Th de Aq. Summa theol., II-II q. 104 a. 1.