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Antes de ejecutar cualquier asunto de mayor importancia, y que requiere dinero para comenzarlo y para sostenerlo en el futuro, en el presupuesto de los gastos debe indicarse claramente de dónde se toma el dinero requerido.
Antes de ejecutar cualquier asunto de mayor importancia, y que requiere dinero para comenzarlo y para sostenerlo en el futuro, en el presupuesto de los gastos debe indicarse claramente de dónde se toma el dinero requerido.
Para efectuar y cambiar las colocaciones estrictamente dichas, es suficiente el consentimiento del Consejo de Provincia, cumplidas las prescripciones del derecho común.
Haya también en la Orden un Consejo de asuntos económicos, cuyo presidente por oficio es el síndico de la Orden, que desempeñará las mismas funciones que el Consejo económico de la Provincia.
Es de incumbencia del síndico de la Orden el examinar la administración económica de todos los conventos e instituciones sometidos directamente al Maestro de la Orden, conforme a la determinación del Maestro de la Orden.
Según las determinaciones del estatuto económico, el síndico de Provincia colaborará con cada uno de los síndicos de los conventos para prestarse un mutuo consejo y examinar los problemas de la administración.
Terminado el año administrativo, el síndico de la Orden, con la aprobación del Maestro de la Orden, enviará a cada Provincial una relación informativa sobre el estado económico de la Orden en el año transcurrido, en la que se incluirá también el presupuesto, sobre todo, el extraordinario.